Nicaragua: Visa obligatoria para ciudadanos cubanos
El Decreto Presidencial No. 57-2005 establece la obligatoriedad de visa consultada para ciudadanos cubanos asignándoles la categoría "c" a los efectos de poder ingresar a territorio nicaragüense
Los ciudadanos cubanos, deberán presentar al ingresar en territorio nicaragüense, la siguiente documentación:
Pasaporte con vigencia no menor de seis meses
Boleto de regreso a su país de origen o residencia
Aclaración
Estos requisitos serán exceptuados para los ciudadanos cubanos que sean titulares de Pasaportes Diplomáticos, Oficiales o de servicios expedidos por su Gobierno, en los términos que establezcan los acuerdos de Libre visado suscrito con la República de Nicaragua.
Así como aquellos que cuenten con pasaportes extendidos por la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos, los que se regirán de conformidad con el Acuerdo Sede de los mismos, esta última disposición está contemplada en el Decreto Presidencial No.36-2000.
REQUISITOS PARA SOLICITAR VISAS CONSULTADA O RESTRINGIDAS EN NUESTROS CONSULADOS
Entrevistarse con el Cónsul
Llevar carta de solicitud de visa en la cual deberá contener sus generales de Ley, No.de pasaporte, motivo del viaje, lugar de estadía, cuánto tiempo permanecerá en el país.
Carta de invitación de una persona que se hace responsable en Nicaragua durante la estadía del interesado
Llenar un formulario Tener su pasaporte vigente por un termino no menor de seis meses
Copia de la hoja principal del pasaporte y si tiene visa americana, copia de esta visa.
Si es residente en el lugar donde esta solicitando visa para ingresar a Nicaragua, copia de la residencia.
Presentar estado de cuenta o demostrar solvencia económica.
Pagar Recibo oficial por el valor de los aranceles Migratorios de US$25 (Veinticinco dólares) distribuidos de la siguiente forma:
US$20 dólares por el valor de la visa y US$5 dólares por el pago del formulario)
Pasaje de regreso o de continuidad de viaje.
Una vez que el Funcionario Consular analice la integralidad de estos documento, los remite a Cancillería de Nicaragua, donde se realiza el correspondiente trámite de Consulta en coordinación con las Autoridades Migratorias.
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