Después de los sucesivos atentados terroristas que sacudieron al mundo en los últimos tiempos, los aeropuertos de la UE, han reforzado la seguridad, restringiendo el transporte de determinados artículos, en los equipajes de mano de los pasajeros.
La prohibición, básicamente, apunta a limitar el ingreso de artículos que representen un riesgo para el resto de los pasajeros y de la tripulación.
Algunos de los objetos o productos, que según las normativas de seguridad la UE, no pueden ser trasportados en los equipajes de mano son:
Armas de Fuego
-Revólveres, rifles, escopetas, etc.
-Imitación de armas de fuego
-Pistolas de aire comprimido
-Juguetes con forma de armas de fuego
-Aparatos para aturdir, etc.
Objetos Punzantes o Filosos
-Hachas
-Patines de hielo
-Navajas
-Flechas
-Cuchillas
-Tijeras con hojas de más de 6cm de longitud
-Otras herramientas que pueden funcionar como armas punzantes o filosas (taladros, sierras, destornilladores, etc.)
Objetos Contundentes
-Bates de béisbol
-Bastones
-Palos de golf, jockey, etc.
-Remos
-Monopatines
-Cañas para pescar, etc.
Sustancias Explosivas e Inflamables
-Municiones
-Fulminantes
-Granadas
-Fuegos artificiales
-Fósforos
-Aguarrás
-Bebidas alcohólicas con una gradación alcohólica superior al 70%
Sustancias químicas tóxicas
-Venenos
-Materiales infecciosos que representen un riesgo biológico (sangre infectada, virus, etc.)
-Material radiactivo, etc.
Líquidos
El transporte de líquidos cuenta con una normativa propia. Debido al riesgo que representan los explosivos líquidos camuflados, se ha limitado la cantidad de líquido que cada viajero puede transportar en su equipaje de mano. Las medidas de seguridad permiten transportar: no más de 100 ml por envase. Además, estos envasen deben guardarse en bolsas transparentes, con sistema de apertura/cierre y capacidad máxima de 1 litro.
Se consideran líquidos:
-Agua
-Otras bebidas
-Cremas
-Lociones y perfumes
-Dentífrico
-Aerosoles
-Cualquier otra sustancia de una consistencia similar.
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